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Arresto o multa de hasta 11 mil pesos por tirar basura en la calle en Ecatepec

Jueves 20 de Febrero del 2025
Redacción Antena125

Arrestos de 24 a 36 horas o multas de entre seis mil 788 y 11 mil 314 pesos pagarán quienes que sean sorprendidos tirando basura en calles y predios baldíos  en Ecatepec, Estado de México (Edomex). 

La alcaldesa Azucena Cisneros Coss informó que realizará una campaña de concientización sobre la importancia de mantener limpios los espacios públicos para evitar generar focos de infección que ponen en riesgo la salud de las personas y el taponamiento de drenajes y cauces, que provoca inundaciones durante la temporada de lluvias.

El artículo 161 del Bando Municipal 2025 señala: 

“Se sancionará con multa de 60 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), trabajo en favor de la comunidad o arresto inconmutable de 24 a 36 horas, independientemente de la reparación del daño, a la persona o las personas que:

  • a. Depositen en la vía pública desechos y residuos sólidos domésticos, cualquier tipo de bien mueble, escombros y/o materiales de excavación, así como los generados en los procesos de extracción, beneficio, transformación o producción industrial y los que se generen derivados de actividades industriales, comerciales o de servicios”.

El artículo 165 del mismo ordenamiento indica que “en el procedimiento para emitir una sanción, la Jueza o el Juez Cívico deberán de tomar en cuenta: la gravedad de la infracción, si se causó daño a algún servicio público y si hubo amenazas en contra de la autoridad municipal que ejecutó la detención, entre otras circunstancias que señala la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios”.

El artículo 154 del Bando Municipal indica: “Son infracciones contra el entorno urbano y ecológico del municipio de Ecatepec de Morelos:

  • II. Propiciar, siendo persona propietaria de un inmueble habitado, deshabitado o baldío, que este se encuentre sucio, con basura, con maleza, sin bardear, almacene plásticos, cartón u otros que contaminen o hagan proliferar en el medio ambiente fauna nociva”.

Por esta infracción se aplicarán las mismas multas establecidas en el artículo 161, que van de 60 a 100 veces el valor diario de la UMA, trabajo comunitario o arresto de entre 24 y 36 horas.