Diciembre 7, 2025

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AUTORIDADES PUEDE ALCANZAR FACULTADES DISCRECIONALES

Martes 28 de Octubre del 2025
Gilberto Sauza.

Dentro de nuestro país, se tiene contemplado la operación deautoridades fiscales a nivel federal como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Servicio de Administración Tributaria (SAT), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

Mientras que, a nivel estatal y municipal, tanto las entidades como los municipios tienen definidas las secretarías, dependencias o unidades administrativas que operarán comoautoridades fiscales a las cuales compete recibir y en su caso exigir el pago de los impuestos, contribuciones o derechos a la ciudadanía. Facultades y atribuciones que se encuentran establecidas en ordenamientos estatales o municipales, así como en los reglamentos interiores respectivos.

El papel de éstas es crucial para la adecuada gestión de los recursos financieros de las autoridades, ya que los impuestos son una importante fuente de ingresos para financiar los gastos públicos, como la construcción de infraestructuras, la prestación de servicios públicos y otros programas gubernamentales.

Sin embargo, en los últimos días el actuar de las autoridades ha generado polémica entre los diversos sectores de la sociedad tras la propuesta y aprobación de nuevos lineamientos para su funcionamiento y actuar. Actividades que, a todas luces, atentan contra diversas libertades y garantías que hemos alcanzado con el paso de los años.

Tan sólo durante la última semana, el Congreso de la Unión ha realizado cambios importantes sobre la ley de amparo, así como en el Código Fiscal de la Federación. En este último, con el presunto objetivo de evitar que los contribuyentes puedan evadir los ejercicios de fiscalización.

Sin embargo, pese a este interés de poder recaudar mayores montos y de manera efectiva, las autoridades están atentando contra el equilibrio que debiera existir entre sus atribuciones con los métodos que se han de emplear para llevarlos a cabo. Se perdió de vista que generar este tipo de medidas que llegan a ser discrecionales, evitan el establecimiento de mayores inversiones en nuestro territorio, tanto nacionales como extranjeras, debido a la pérdida de interés por parte del sector productivo ante una mala fiscalización.

De mantener este tipo de comportamiento, se corre un alto riesgo de que se presenten flagrantes abusos de autoridad de manera constante ante una legislación que dota de facultades discrecionales a la propia autoridad. De no modificarse la tendencia, la materia fiscal resultará perjudicial para todas y todos.

En lo que respecta a la ley de amparo, en Estados Unidos, nuestro principal socio comercial, han sonado las primeras alarmas debido a que empresarios, legisladores, así como miembros del gobierno estadounidense consideran que las modificaciones planteadas podrían llegar a afectar las garantías y compromisos establecidos dentro del T-MEC.

Mientras que, respecto a las modificaciones previstas para el Código Fiscal de la Federación, se plantea que la autoridad tenga la potestad para bloquear la emisión de certificados digitales. Asimismo, se pretende otorgar facultades extraordinarias al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para ejercer vigilancia digital con lo que se pone en riesgo la privacidad de la información bancaria de los usuarios de las plataformas digitales.

Para el adecuado funcionamiento de la democracia, la construcción, consolidación y funcionamiento de las instituciones legalmente constituidas permite que la ciudadanía goce de los servicios necesarios para realizar sus actividades, sin embargo, éstas no pueden atentar contra las libertades y garantías de las y los mexicanos.