Diciembre 7, 2025

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PVEM Propone Penas de Hasta 17 Años de Cárcel por Daño Grave al Medio Ambiente

Sábado 15 de Noviembre del 2025
Redacción Antena 125

La diputada Itzel Guadalupe Pérez Correa, en representación del Grupo Parlamentario del PVEM, presentó una iniciativa para tipificar el ecocidio en el Código Penal del Estado de México, estableciendo penas de hasta 17 años de prisión para quienes causen daños graves, masivos y extensos a los recursos naturales y ecosistemas.

La legisladora argumentó que el Estado tiene el deber de garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano. La reforma define el ecocidio como la acción que cause un daño grave, masivo y extenso (en superficie y temporalidad) a la flora, fauna, calidad del agua, suelo, aire o al ambiente, resultando en la afectación parcial o total de un ecosistema.

"El ecocidio es un daño masivo, deliberado e irreversible al ambiente y, como tal, una forma de violencia extrema, por lo que destruirlo es, en términos simples, ‘matar el futuro’", afirmó Pérez Correa.

Sanciones y Reparación del Daño

La propuesta establece que la pena inicial por ecocidio será de hasta 15 años de prisión y 3,000 días multa. Sin embargo, se contempla un agravante para servidores públicos:

  • Agravante para Servidores Públicos: Si el delito es cometido por servidores públicos con fines de lucro o beneficio económico, y se comprueba su complicidad, la pena se incrementará en dos años, alcanzando un máximo de 17 años de prisión.

Además de las penas privativas de la libertad, la iniciativa obliga a los responsables de ilícitos ambientales (como la descarga de contaminantes en ríos, lagos o suelos) a reparar los daños ocasionados. Dicha reparación consistirá en llevar a cabo las acciones necesarias para restablecer las condiciones ecológicas existentes antes del delito, en la medida de lo posible.

La legisladora hizo hincapié en que tan culpable es quien tala o contamina, como el servidor público que "mira hacia otro lado o se deja comprar para permitir el daño". La iniciativa excluye de sanciones a personas en condiciones de extrema pobreza que realicen aprovechamientos forestales destinados exclusivamente al consumo personal o familiar.