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Senado avala en lo general reforma sobre nacionalidad única
El Senado aprobó en lo general una reforma que plantea nacionalidad mexicana única para ocupar la Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno.

- La reforma fue aprobada en lo general con 86 votos a favor y 42 en contra.
- La propuesta modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución.
- El régimen transitorio establece que las nuevas reglas serían aplicables a partir del proceso electoral de 2028, una vez completado el procedimiento constitucional.
CIUDAD DE MÉXICO.— Quienes busquen ocupar la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México enfrentarían nuevos requisitos de nacionalidad si la reforma constitucional aprobada por el Senado concluye todo el proceso legislativo.
El Senado de la República avaló en lo general, con 86 votos a favor y 42 en contra, el proyecto de reforma constitucional en materia de nacionalidad única.
La propuesta modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución, relacionados con los requisitos para ocupar la titularidad del Poder Ejecutivo federal y de los gobiernos estatales y de la Ciudad de México.
El proyecto establece que las personas que aspiren a estos cargos deberán ser mexicanas por nacimiento y no tener ni adquirir otra nacionalidad. En caso de contar con una segunda nacionalidad, la iniciativa contempla renunciar a ella antes de solicitar el registro como candidatura y acreditar que el vínculo jurídico con el otro Estado terminó.
Además, la propuesta plantea restricciones durante el ejercicio del cargo, como no solicitar otra nacionalidad, utilizar documentos de identidad expedidos por otro Estado, ejercer derechos políticos inherentes a una ciudadanía extranjera o acogerse a protección diplomática de otro país.
El antecedente inmediato fue la aprobación de la reforma por la Cámara de Diputados, que la avaló en septiembre y posteriormente la turnó al Senado para su revisión.
De acuerdo con el régimen transitorio aprobado por la Cámara de Diputados, las disposiciones serían aplicables a partir del proceso electoral de 2028 y el decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, una vez concluido el procedimiento constitucional correspondiente.
La reforma todavía forma parte del proceso de modificación constitucional, por lo que su aplicación depende de que se complete el procedimiento previsto para este tipo de cambios.